Cambios en el proceso de Declaración del IR2, sus anexos y Declaración de Activos

Dirección General de Impuestos Internos

Estimado contribuyente:

La Dirección General de Impuestos Internos informa que a partir del 1 marzo de 2017 incorporará mejoras al proceso de presentación del formulario de la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta de Personas Jurídicas (IR-2) y sus anexos y del Impuesto sobre los Activos (ACT), con el propósito de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Estas mejoras garantizarán:
Consistencia y calidad de la información
Precisión y organización en el llenado de los formularios
Agilidad en el proceso

A continuación le presentamos una guía a modo de facilitar el proceso de declaración:

1. Visualizará los anexos del IR-2 de acuerdo al sector económico al que pertenece y los mismos se mostrarán en el orden secuencial que deben ser presentados. Una vez llenados correctamente los anexos, se habilitará la declaración IR-2.

2. Los anexos después de enviados pueden ser modificados tantas veces sea necesario, siempre que no haya presentado el IR-2. Si modifica un anexo que guarda relación con otros que ya han sido enviados, el sistema le requerirá modificar también dichos anexos.

3. En caso de que inicie el llenado de la declaración IR-2 y sus anexos, pero no pueda completarla en ese momento, tiene la facilidad de que su información quedará guardada hasta su presentación definitiva.

4. La declaración IR-2 validará los montos de las casillas vinculadas entre un anexo y otro. El IR-2 se completará automáticamente con los valores colocados en las casillas vinculadas de los anexos correspondientes.

5. Los anexos del IR-2 (B1, B2, B3, B4 y D) según corresponda, validarán la sumatoria de los tipos de bienes y servicios remitidos en los Formatos 606 (Compras de bienes y servicios) del periodo, y generará una alerta cuando haya inconsistencia. Verifique que la información remitida coincida con los datos reportados a través de los formatos de envíos. En caso de que el valor colocado en la declaración no sea consistente con lo reportado en el Formato 606, debe proceder con la rectificativa de dicho formato, según aplique.

6. La declaración IR-2 validará las informaciones remitidas a través del Formato 623 (Retenciones del Estado). En caso de que el valor colocado en la declaración no sea consistente con lo reportado en el Formato 623 debe proceder con la rectificativa de dicho formato, según aplique.

7. Los anexos de la declaración IR-2 totalizarán de manera automática los valores digitados.

8. Contribuyentes que pertenezcan a Leyes Especiales o posean contratos con el Estado dominicano, deben realizar el trámite de actualización del registro depositando en su administración local el Formulario Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) y las documentaciones que lo acreditan.

9. La Declaración Jurada de Activos validará los montos declarados en casillas provenientes del anexo A de la declaración IR-2. Además, la misma completará automáticamente los montos colocados en las casillas vinculadas del IR-2.

Notas:

Les exhortamos que antes de proceder a completar la declaración y sus anexos se asegure de que la información remitida coincida con los datos reportados a través de los formatos de envíos, a fin de evitar inconsistencias y garantizar la calidad de la información suministrada.

Para las validaciones de los anexos B1, B2, B3, B4 y D, puede consultar la opción “Gastos NCF”, dentro de la sección “Consultas” de su Oficina Virtual.

El formulario de declaración IR-2 (Excel) disponible en nuestro portal web también vinculará las casillas entre los anexos.

Para más información puede contactarnos a través de las siguientes vías:
• Administración Local y oficinas de Grandes Contribuyentes, según le corresponda.
• Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060.
• Comunidad de Ayuda https://ayuda.dgii.gov.do/dgii   
• Escríbenos a: oficinavirtual@dgii.gov.do o informacion@dgii.gov.do.